Novedades

Modificaciones en Retenciones RG 4627

Se introducen modificaciones al régimen de emisión de comprobantes Facturas Clase “M”, por medio de la RG 4627

Se han realizado modificaciones al régimen de emisión de comprobantes y por consiguiente, a los regímenes de retención. Estas son las principales modificaciones:

- Los comprobantes clase “A” no tendrán más la leyenda “PAGO EN CBU INFORMADA” sino que ahora contarán con la leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”.-

- Los comprobantes clase “A” con la leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN” sufrirán una retención del 50% de la alícuota que corresponda en el impuesto al valor agregado, según el hecho imponible de que se trate.-

- Los comprobantes clase “M” sufrirán una retención del 100% de la alícuota que corresponda en el impuesto al valor agregado, según el hecho imponible de que se trate.-

- Para el caso del impuesto a las ganancias, la retención será del 6% para comprobantes clase “M” y del 3% para comprobantes clase “A” con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”.-

La información e ingreso del importe de las retenciones practicadas, se efectuará conforme al procedimiento, plazos y demás condiciones, previstos en la resolución general 2233, sus modificatorias y complementarias -Sistema de Control de Retenciones (SICORE)-, o la resolución general 3726 y su modificatoria -Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE)-, según corresponda, consignando a dicho fin los códigos que seguidamente se indican:

CÓDIGO DE RÉGIMEN DESCRIPCIÓN
99 Factura ‘M’ - Ganancias - Emisión de comprobantes con discriminación del gravamen
499 Factura ‘M’ - IVA - Emisión de comprobantes con discriminación del gravamen
965 Factura ‘A’ con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN” - Ganancias - Emisión de comprobantes con discriminación del gravamen
966 Factura ‘A’ con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN” - IVA - Emisión de comprobantes con discriminación del gravamen

 

Por último señalamos que las presentes disposiciones resultan de aplicación a partir del 11/11/2019.